El divorcio y la separación notarial: una modalidad para muchos desconocida

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Divorcio o separación notarial: una alternativa rápida y eficaz a la vía judicial

En los casos de ruptura de la relación conyugal, además del procedimiento judicial de separación o divorcio (ya sea de mutuo acuerdo o contencioso), existe otra opción menos conocida pero perfectamente válida: el divorcio o la separación notarial, que permite disolver el vínculo sin necesidad de acudir al juzgado.

No obstante, esta alternativa no es aplicable a todos los supuestos, ya que deben cumplirse ciertos requisitos legales. Además, como cualquier procedimiento, presenta ventajas e inconvenientes que conviene analizar previamente.

En IBÁÑEZ ABOGADOS creemos que lo más adecuado es estudiar cada caso concreto para determinar qué modalidad es más beneficiosa para los intereses de nuestros clientes. Solo así podemos ofrecer un asesoramiento verdaderamente personalizado y eficaz.


Diferencias clave entre separación y divorcio

Aunque pueda parecer básico, muchas personas desconocen la diferencia entre separación y divorcio:

  • La separación no disuelve el vínculo matrimonial, por lo que los cónyuges siguen estando legalmente casados. Sin embargo, cesa la convivencia y se produce una separación de bienes desde la sentencia judicial.
  • El divorcio, en cambio, pone fin al matrimonio y disuelve por completo el régimen económico matrimonial. A partir de entonces, ambos pueden volver a casarse, entre sí o con otras personas.

La opción notarial: divorcio o separación ante notario

Desde la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, es posible tramitar la separación o divorcio de mutuo acuerdo ante notario. Esta vía es más ágil y directa que la judicial, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa.

Requisitos para optar por la vía notarial

  1. Mutuo acuerdo entre los cónyuges.
  2. Que hayan transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio.
  3. Que no existan hijos menores de edad ni con capacidad modificada judicialmente.
  4. Que la mujer no esté embarazada en el momento de solicitar el divorcio o la separación.

Si se cumplen estos requisitos, el divorcio podrá formalizarse mediante escritura pública ante notario, con la presencia obligatoria de abogado.


Documentación necesaria

Para tramitar el procedimiento ante notaría, deberá aportarse la siguiente documentación:

  • DNI o NIE de ambos cónyuges.
  • Libro de familia.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de los hijos mayores de edad, si los hubiera.
  • Convenio Regulador firmado por ambas partes, redactado por el abogado.
  • Acreditación del abogado como letrado ejerciente.
  • Documentación relativa a los bienes y deudas, en caso de incluir la liquidación del régimen económico matrimonial.

Intervención obligatoria de abogado

Aunque no es necesaria la presencia de procurador, la asistencia letrada sí es obligatoria. El abogado:

  • Asesora legalmente a ambas partes.
  • Redacta el Convenio Regulador y, en su caso, la liquidación de la sociedad de gananciales.
  • Firma también la escritura pública, conforme a lo establecido en el artículo 82 del Código Civil y el artículo 54.2 de la Ley del Notariado.

Cuestiones relevantes a tener en cuenta

1. Competencia notarial

El divorcio debe formalizarse ante el notario del último domicilio conyugal o del lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.

2. Hijos mayores de edad

Si existen hijos mayores de edad, solo deberán acudir a firmar a la notaría en caso de que el convenio regulador contemple medidas que les afecten directamente (por ejemplo, una pensión alimenticia o convivencia pactada con uno de los progenitores). Si no hay disposiciones sobre ellos, no será necesaria su presencia.


Trámites posteriores a la firma

Una vez otorgada la escritura, será necesario:

  • Inscribir el divorcio o separación en el Registro Civil.
  • En caso de haber liquidación de gananciales:
    • Tramitar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (habitualmente exento).
    • Registrar los bienes adjudicados en el Registro de la Propiedad o cambiar la titularidad de los vehículos en la Dirección General de Tráfico, entre otros trámites.

Ventajas e inconvenientes del divorcio notarial

Ventajas:

  • Mayor rapidez: el procedimiento puede resolverse en una o dos semanas, frente a los meses que suele tardar un divorcio judicial.
  • Mayor comodidad: no se requiere presentar demanda ni intervención del procurador.

Inconvenientes:

  • Costes notariales: aunque se ahorra en procurador, la minuta notarial y la liquidación de gananciales pueden encarecer el proceso en comparación con la vía judicial.

En IBÁÑEZ ABOGADOS te asesoramos personalmente

Somos especialistas en Derecho de Familia y contamos con una amplia experiencia en divorcios y separaciones, tanto judiciales como notariales. Nuestro objetivo es agilizar al máximo los trámites y garantizar la solución más adecuada para cada cliente, analizando su caso con rigor y cercanía.

No hay una vía mejor que otra de forma general. Cada situación debe ser valorada de forma individual para determinar cuál es el camino más beneficioso.

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